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¿Cómo se paga el feriado del 18 de Julio?

Próximamente se conmemora la Jura de la Constitución. En este marco, el 18 de Julio es feriado y tiene la particularidad de ser una de las cinco fechas no laborables del año.

Si bien algunas conmemoraciones se corren, este permanece inamovible y se celebra el día que cae, en este caso un viernes.

Como se trata de un feriado no laborable, quienes trabajen durante esta jornada serán doblemente remunerados. A los trabajadores mensuales se les pagará el mes completo y un día extra, es decir, el sueldo percibido se divide en 30 días y el resultado de esa operación será el monto extra que deberá ser abonado.